viernes, septiembre 06, 2013

Venezuela en el MERCOSUR. Oportunidades y Desafíos (I)

Esta semana, del lunes 2 al jueves 5, se celebraron en Caracas, Venezuela, las reuniones de los Comités Técnicos del MERCOSUR, luego de que esta nación se convirtiera en miembro pleno y asumiera la Presidencia Pro Témpore (PPT) de ese esquema de cooperación regional. Momento más que oportuno para abordar algunos tópicos sobre la entrada de este país al sistema y algunas de las oportunidades y los posibles desafíos que deberá asumir en ese proceso.

Con el ingreso de Venezuela al MERCOSUR, surgen varias perspectivas, tanto para el país caribeño, como para el bloque comercial suramericano. Por una parte, Venezuela regresa a los esquemas de integración económica regional, de los que se había alejado con la salida de la Comunidad Andina (CAN) y del Grupo de los Tres (G-3), hacia 2005-2006, lo que implica una serie de consecuencias no sólo económicas, como el incremento del comercio con los dos gigantes de la región (Argentina y Brasil), sino en otros ámbitos de la vida social y, particularmente en el de las (a)simetrías en la región, con un posible mayor peso de los países pequeños (Uruguay y Paraguay) al momento de negociar y hacer atender sus demandas, pues la posición relativa de Venezuela, intermedia entre los dos colosos y los dos "hermanos menores" del grupo, le otorgaría un rol de bisagra y mediador a fin de disminuir aquellas asimetrías que existen en él.

Más allá del tema comercial y político, el ingreso de un nuevo miembro pleno desde la creación del esquema (lo que no es cosa de poca importancia) implica la adaptación del Ordenamiento Jurídico interno de este último a una serie de compromisos que ya tienen años de prácticas consolidadas. Esto podría generar, eventualmente, fricciones con las concepciones típicas de nuestro sistema legal.


En el ámbito del Derecho Internacional Privado y, específicamente, de la Cooperación Judicial regional (aspecto muy cercano a los intereses existenciales e intelectuales del Administrador de este espacio, y que además representa el volumen más importante de actividades en materia de "conflicto de leyes"), ello se traduce en varias cuestiones que podrían suponer mayor debate e incluso fricciones, tanto al interior de Venezuela (esto es, en las distintas instancias competentes), como respecto a los otros miembros del MERCOSUR, al momento de incorporar ciertos ámbitos a la legislación interna o modificar otros, entre los que cabría mencionar las siguientes:

a) La ejecución de medidas cautelares en Venezuela (¿puede hacerse a través de rogatorias o no? ¿son admisibles tales medidas como medios preparatorios del proceso, esto es, antes de su inicio?).

b) La ejecución de sentencias (¿es admisible la solicitud mediante cartas rogatorias o se continuará con la posición tradicional de la exclusividad del exequátur?).

En el ámbito penal, por su parte, también podría haber algunos impasses en los siguientes aspectos:

a) La extradición y la Orden MERCOSUR de Captura. Nuestro país no posee una regulación expresa sobre la extradición simplificada y los criterios en la materia del Tribunal Supremo de Justicia, que es la autoridad competente en única instancia para decidir sobre las solicitudes, aún cuando paulatinamente se han ido adaptando al tiempo actual, permanecen en una concepción ya superada de la cuestión.

b) La repartición de activos. Venezuela es uno de los países del hemisferio con mayor cantidad de bienes incautados en la lucha contra la actividad delictiva, los cuales, por ley, pasarían a ser propiedad del Estado a través del procedimiento judicial de decomiso, sin que exista un trámite administrativo o judicial para el reparto de tales activos con Estados extranjeros (aún cuando, en mi criterio, sí hay una base legal clara para regularlo).

Aunque la entrada al MERCOSUR generará muchas más cuestiones problemáticas que las mencionadas, tomando en cuenta el avance en la pluralidad de materias que son reguladas en el marco de ese esquema de cooperación interestatal (siendo los elementos más urgentes de todos -que no los únicos- lo atinente a la materia aduanera y comercial, con incidencia directa en el ámbito fiscal), los ejemplos citados son una muestra de cuán difícil puede llegar a ser el proceso de incorporación de Venezuela, sin haber pasado previamente por el necesario proceso interno de reflexión y consulta con los factores económicos, los órganos del Estado y la población en general, quien será, en definitiva, la beneficiaria de ese proceso.

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